¿Se amplió el beneficio tributario a las Mipymes?

El pasado 17 de diciembre de 2020, se publicó la Ley N°189 “Que reforma el Código Fiscal, para crear un régimen especial de Impuesto Sobre la Renta aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), a los empresarios y a los emprendedores”.

Esta Ley beneficia a un sector que no consideraba la norma anterior, aquellos con ingresos brutos superior a $200,000 e inferior a $500,000, lo cual es muy positivo.

En cambio, aquellas personas jurídicas que estaban beneficiados por el régimen anterior, en algunos casos salen perjudicadas. Esto se debe, a que se hizo un cambio estructural importante en el régimen especial contenido en el artículo 699-A del Código Fiscal.

Antes de esta Ley, a la renta neta gravable (ganancia neta) del contribuyente, se le aplicaba una tasa (porcentaje) de acuerdo a esta misma renta neta gravable: A mayor ganancia, mayor tasa, lo que es congruente con el principio constitucional de tributar en proporción a la capacidad económica.

Ahora la tasa que se aplica va de acuerdo con su renta bruta (ingresos brutos), lo que, en algunos casos puede provocar que contribuyentes con menores ganancias, tributen con mayores tasas.

Con la Ley nueva, a medida que crecen los ingresos brutos, se empiezan a mejorar los impuestos; lo contrario les ocurre a los más pequeños.

Otro cambio en la ley, es la incorporación de un requisito que no existía antes para poder acogerse en este régimen especial: la necesidad de estar registrado en Autoridad de la Micro Pequeñas y Medianas Empresas (Ampyme). Esto añade más burocracia a un sector con limitado acceso a especialistas en contabilidad e impuestos. ¿Es esto un beneficio? O en cambio, ¿es un atentado contra un derecho adquirido?

Aquellos desprevenidos que se estaban acogiendo al régimen especial anterior desde hace años, pueden perder el beneficio este año por no estar registrados en Ampyme. El registro en esta institución puede traer beneficios, eso sí. Era así desde antes de esta Ley.

Una última reflexión. La exposición de motivos de esta ley indica que sólo el 38% de los contribuyentes Mipymes que declaran sus impuestos a la Dirección General de Ingresos (DGI), se han inscrito en Ampyme.

Si esto sucede, debe ser porque los contribuyentes no han considerado que valga la pena registrarse en Ampyme. Esta Ley parece querer cerrar esta brecha, pero la experiencia indica que el incentivo suele dar mejores resultados que el castigo.

Por: Mario A. Beccabunco

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